Ley de Acceso a la Información Pública Decreto 57-2008
El Derecho de Acceso a la información se constituye como uno de los pilares del Estado Democrático de Derecho, a través del mismo se dota a la población de la posibilidad de involucrarse y fiscalizar las actuaciones de los gobernantes.
En el año 2008 cuando surge del Organismo Legislativo el cuerpo legal que desarrolla los preceptos constitucionales respecto del derecho de acceso a la información pública, a través precisamente de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública, que adquiere forma a través del Decreto 57-2008 del Congreso de la República, que entró en vigencia para la República de Guatemala, el veinte de abril del año dos mil nueve, con un total de setenta y dos artículos.

Instrucciones para solicitar información

Previo a llenar el formulario electrónico considerar lo siguiente:

  • FORMULARIO:El formulario electrónico incluye campos importantes los cuales no son obligatorios, el objetivo es obtener información para fines estadísticos y brindarle la información solicitada.
  • INFORMACIÓN CLARA Y PRECISA:Es recomendable que su solicitud sea clara y precisa en cuanto a la  información que solicita.
  • GRATUIDAD Y COSTOS DE REPRODUCCIÓN:El acceso a la información pública Unidad de Construcción de Edificios del Estado – UCEE, es gratuito y sólo cuando aplique podrán cobrarse los gastos de reproducción de la información solicitada en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley de Acceso a la Información Pública.
  • TIEMPOS PARA LA RESPUESTA:Una vez recibida su solicitud se cuenta con un plazo de hasta diez días hábiles para dar una respuesta entregando, negando total o parcialmente la información cuando se trate de confidencial o reservada, o bien expresando su inexistencia. Eventualmente, cuando el volumen y la extensión lo justifiquen, la Unidad de Información Pública requerirá una prórroga por hasta diez días más para atender el requerimiento.
  • ENTREGA DE LO SOLICITADO: La información será entregada, según la forma que indicó en el formulario: a) físicamente (impresa en papel), b) Digital en formato pdf y/o editable (cuando la información lo permita) puede ser por medio de correo electrónico, CD/DVD, o bien proporcionar una memoria USB de su propiedad para que la información le sea grabada en el mismo.
  • USO Y DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN:De conformidad con el Artículo 15 de la Ley de Acceso a la Información Pública los interesados tendrán responsabilidad, penal y civil por el uso, manejo o difusión de la información pública a la que tengan acceso.

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Solicitud de Información pública en linea